REVISIÓN DE LAS NOTAS DEL RECUPERATORIO DEL PARCIAL DEL 24 DE JUNIO DE 2019.
ALUMNO.
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COMENTARIO
Y NOTA.
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M C 22903
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1.- Mal. Confunde extinción con exención de
responsabilidad. 2.- Mal. Dice que se confecciona un balance especial para el
recedente. 3.- escaso nivel con omisiones. Reservas: No habla de
irrepartibilidad de las reservas en las cooperativas y lo que significa. No
distingue de la S.A. 4.- Mal. Desconoce el régimen legal. Dice que necesita
el voto de otro accionista. 5.- Prima:
No fundamenta. No cita fallos. Dice que la prima integra el capital. 6) Mal:
No enuncia claramente ninguna diferencia. 7) Mal: Desconoce el art. 155. se
confirma reprobación.
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B T 39850.358
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2.- Incompleto. No trata problemática. 3.- No
habla de irrepartibilidad de las reservas en las cooperativas y lo que significa.
No distingue de la S.A. Sindicatura: En la S.A. dice que puede ser sociedad
con responsabilidad limitada. No menciona la auditoría en la cooperativa.
Respecto al Capital, dice que en la S.A. el capital es el mínimo previsto en
la ley, como si no pudiera preverse uno mayor. No dice como varía el capital
de la cooperativa. No dice nada de la variación del capital en la S.A. 4.- Disolución
anticipada: con escaso nivel. Plantea el requisito de quórum para
extraordinaria, que no tiene sentido en una mayoría de capital. 5) Escaso
nivel. No cumple la consigna de fundamentar en profundidad. 6.- no da un
concepto claro de ninguna de las figuras. 7.- Bajo nivel y con omisiones.
Explica parcialmente el art. 155. En general su nivel no llega al requerido. Prueba
de ello es que su examen consta de una hoja y media carilla. Se ratifica
reprobación.
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R m c 21488971
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1.- escaso nivel. Habla de asunción de daños por
la sociedad en lugar de renuncia expresa. Dice que el porcentaje del quitus
tiene que ser más del 5%. 2.- insuficiente nivel: Dice que al recedente se le
paga de acuerdo al balance de ejercicio. 3.- escaso niel: Dice que la reserva legal de la
S.A. va del 5% al 20% del capital. Confunde las reservas de la cooperativa
con los descuentos del art. 42. No habla de irrepartibilidad de las reservas.
Capital: No habla de capital variable de la cooperativa. 4.- escaso nivel.
Dice que hace falta una asamblea extraordinaria y que en estas asambleas cada
acción “vale 1 voto”, con lo que en toda extraordinaria la mayoría tendría
que ser de capital. No puede distinguir la extraordinaria común de los
supuestos especiales. 5.- Mal: No define bien qué es la prima. Dice que se
emite con prima con la “intención de beneficiar a los accionistas nuevos
respecto de los antiguos”. Desconoce el tema. 6.- Mal. No indica cuáles son
los conceptos. No indica ninguna diferencia. 7.- Mal: No entendió el 155.
Dice que “después de la declaratoria los herederos pueden pedir la resolución
parcial”. Se debe confirmar la reprobación.
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H M S 19794
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1.- escaso nivel. Dice que el porcentaje del
quitus es más del 5% del capital. 2.- Mal: Habla de balance general para
valuar la parte del recedente. Dice que la
reforma estableció la valuación sobre “el balance general que se iba a
realizar después de ejercido el derecho de receso”. Plantea que la solución
legal es injusta porque ese balance no reflejaría el valor real, pero no explica
por qué. 3.- S.A./ Cooperativas: Reservas: En las S.A. solo dice que pueden
ser libres o facultativas y en las cooperativas solo legales y no habla de
irrepartibilidad en la cooperativa. Sindicatura: No menciona ningún requisito
en la S.A. Dice que en la cooperativa no es obligatoria porque hay auditoría.
Capital: Dice que en la S.A. es “ilimitado” y en la cooperativa “limitado”.
Nada más. 5.- escaso nivel con omisiones. No cita jurisprudencia. No explica bien por
qué la emisión sin prima puede perjudicar
a los socios. 6.- No contesta. 7.-
Incompleto. Responde parcialmente. Omite la opción a favor de la sociedad o
los socios ante la venta de los herederos. Este examen debe ser reprobado.
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F P S 39555935
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2.-Mal: Dice que el reembolso se hace por balance
especial o por el último balance como si fuera una opción legal. Desconoce la
problemática del valor del receso. 3.-Desconoce el tema cooperativas. 5.-
Deconoce la problemática de la prima de emisión, los fundamentos de su
emisión y jurisprudencia. 6.- No puede dar un concepto claro de ninguna de
las figuras. No indica claramente
diferencias. 7. Incompleto el 155. Confunde el
derecho de preferencia de los socios a adquirir las cuotas con la suscripción
preferente del 194. En general sus respuestas No alcanzan el nivel requerido.
Se confirma reprobación.
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S , S 38688680
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Con escaso nivel el punto 2 y el 4.- pero un análisis comparativo me lleva a
concluir que llega al nivel requerido. Este alumno está aprobado.
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C
, E 25.285
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Con escaso nivel el punto 1, 2 y el
5.- pero un análisis comparativo me lleva a concluir que llega al nivel
requerido. Este alumno está aprobado.
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D
C , A M. 26.088
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1.-
incompleta y no contesta lo específicamente preguntado. 2.- explica
insuficientemente el procedimiento para impugnar que fue lo preguntado. 3.-
desarrollo con bajo nivel. 4.- insuficiente nivel y omisiones. 5.-
insuficiente nivel y omisiones. 6.- escaso nivel. 7. Ídem y con
omisiones. Se confirma reprobación.
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PE
L , M . 24.579
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i.-
escaso nivel. 2.-no contesta lo preguntado. 3.- nivel insuficiente respecto
de liquidación de la cooperativa. 5.- no conoce el tema. Lo que dice no es respuesta.6.- escaso nivel. 7.- escaso
nivel. Se confirma reprobación.
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Y,
R N 25.429
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1.-
No contesta. Lo que dice no es lo preguntado. 2.- lo que dice no fue lo
preguntado, no responde la pregunta sobre el procedimiento. 3.- no responde
lo preguntado y además, contesta cualquier cosa. Es inexplicable que esta
alumna pida la revisión de este examen. Lo que resta de su examen no tiene
nivel como para remontar estos errores. El examen queda reprobado.
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R a G.
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1.- lo
que contesta no es una respuesta suficiente. Evidencia no conocer el tema.
3.- no conoce las diferencias entre una s.a. y una cooperativa. 2. no
responde casi nada de lo preguntado. Lo que dice no es respuesta. 6.- con
escaso nivel. 7.- contesta mal. Se confirma
la reprobación.
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S, L 27296
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1.- lo
que dice no se puede considerar respuesta.
3.- responde con escaso nivel, confusamente y con letra que es casi
ilegible. 4.- lo que dice n0 da respuesta a lo preguntado. 5.- escaso nivel
en su respuesta con omisiones. 7.- responde en forma confusa y dice cosas que
no son lo preguntado. Su examen no
llega al nivel requerido y debe ratificarse su reprobación.
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G F G 18114
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1.- sobre lo
preguntado no dice casi nada. Todo lo demás que dice, no fue objeto de la
consigna. No se puede considerar respuesta. 2.- responde de manera confusa y
sin fundamento. Su respuesta denota escaso nivel, no desarrolla adecuadamente
la problemática. 3.- escaso nivel y con omisiones. dice que las cooperativas no
tienen sindicatura obligatoria y que cada acción tiene un voto. Que el estatuto
puede decir cómo se compone el órgano de gobierno y que no hay derecho de
receso. 4.- responde mal. 5.- lo que dice sobre prima de emisión es
insuficiente y denota muy bajo nivel. Habla del aumento de capital hasta el
quíntuplo que es otra cosa. No cumple la consigna de fundamentar en profundidad.
6.- muy bajo nivel. No identifica bien los conceptos. 7.-bajo nivel y con
omisiones. Este examen queda reprobado. 7.- no describe correctamente al
régimen. Se confirma reprobación.
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R M L 36217683
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1.- responde
con escaso nivel y omisiones. 2.- no se puede considerar que da una respuesta.
lo que dice es incompleto con omisiones y no cumple la consigna sobre un tema
sustancial. 5.- su respuesta es de escaso nivel con muchas omisiones y sin cumplir
la consigna de explicar en profundidad fundamentando. 7.- contesta incompleto
y con escaso nivel. Se mantiene la
reprobación.
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V , m L . 11831.
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tratado con
insuficiente nivel extinción de responsabilidad y reembolso por receso. No conoce
régimen en caso de fallecimiento de un socio. No responde a la seis. Se confirma reprobación.
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B, R 32673781
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1.-
insuficiente con omisiones. 2.- lo que dice no es una respuesta. Insuficiente.
3.- escaso nivel con omisiones graves.
6.- no conoce el tema. Lo que dice no es respuesta. 7.- escaso nivel,
omisiones y errores. Se confirma reprobación.
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D R 15705
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1.-escaso
nivel, insuficiente y con omisiones. 2.- respuesta insuficiente. 3.- mal
sindicatura. Mal derecho de voto en la
cooperativa no dice nada relevante. Tampoco
de capital. Reservas con omisiones. 4.-
no da respuesta real a lo preguntado, omite lo de la prohibición del voto
plural. 5.- no explica el fundamento
del sistema. Lo que dice no tiene suficiente nivel. 6.- INSUFICIENTE. Se confirma reprobación.
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